Por: Carlos Montes C. Presidente del Senado
Tras la dictación de la ley respectiva, en enero del 2007, se incorporó un apartado dentro del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Senado denominado “De las medidas a adoptar en caso de acoso sexual”.
En dichas disposiciones se establece un procedimiento para denunciar de manera confidencial, ante el Secretario General, jefe del servicio, situaciones de este tipo que ocurran en la Corporación. Según los antecedentes, éste puede ordenar una investigación administrativa y aplicar, en caso de verificarse las responsabilidades, eventuales sanciones, llegando incluso a la destitución del acusado.
Transcurridos ya casi diez años de la puesta en marcha de estas medidas, he creído conveniente solicitar a la Comisión de Ética y Transparencia poder evaluar esas normas y analizar la necesidad de perfeccionarlas y también complementarlas, considerando, asimismo, el acoso laboral.
He insistido en que dicha revisión considere la especial participación de las funcionarias, con el objeto de recoger todas las observaciones existentes, de manera que se asegure la confidencialidad, la protección de la denunciante y una indagación objetiva y acuciosa.
Asimismo, espero que en las próximas semanas podamos promover un diálogo amplio y abierto acerca de estas materias, contando con especialistas que nos ilustren acerca de los desafíos culturales y normativos que la equidad de género amerita al interior de nuestras instituciones.
La relevancia de estas materias para la sociedad nos debe llevar a ser proactivos, como una forma de contribuir no sólo a evitar conductas impropias, sino a garantizar un ambiente laboral que permita a todas y todos desarrollar sus labores en un marco de respeto.
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