Senado aprobó la idea de legislar del proyecto que busca impedir que la morosidad en el cumplimiento de deudas educativas, pueda constituir un punto negativo en los antecedentes comerciales o financieros de las personas
Por mayoría (24 votos a favor y 5 abstenciones) la Sala respaldó en general el proyecto de ley en primer trámite constitucional, que modifica la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, con el objeto de prohibir que se informe sobre las deudas contraídas para financiar la educación en cualquiera de sus niveles.
La moción, que fue presentada por los senadores Yasna Provoste, Juan Ignacio Latorre, Carlos Montes y Jaime Quintana, tiene por objeto impedir que la morosidad en el cumplimiento de deudas educativas, pueda constituir un punto negativo en los antecedentes comerciales o financieros de una persona, que lo inhabiliten para acceder a otros tipos de créditos, como los de consumo o hipotecarios, entre otros, frustrándose con ello, la posibilidad de alcanzar un bienestar social necesario; todo ello fundado en que el actual sistema de financiamiento educativo, obliga a las personas a asumir personalmente deudas para acceder a un derecho que la Constitución encomienda al Estado garantizar.
Durante el debate, si bien la mayoría de los legisladores estuvo por apoyar la idea fundamental de la iniciativa, senadores de oposición mostraron sus aprensiones por la redacción de la norma que podría abrir la interpretación también a “cualquier deuda” en materia de educación.
Al respecto, el senador Juan Ignacio Latorre manifestó que el texto “Creemos que este proyecto, que es muy simple, va en la línea de la reparación, muy en lo simbólico, porque estar en DICOM genera un estigma social”.
Por su parte, la senadora Yasna Provoste manifestó que “Nos asiste la plena convicción de que la educación es un derecho y no una industria o un bien de consumo”, agregando que “Más de 180 mil personas se encuentran en DICOM”, resaltando que dicha situación dificulta a las personas a acceder a fuentes laborales.
Proyecto
El texto legal propuesto incluye entre la información personal protegida, y que consecuentemente los responsables de los registros o bancos de datos no podrán comunicar bajo ninguna circunstancia, todos aquellos antecedentes que digan relación con las deudas contraídas por una persona con instituciones de educación superior en el marco de las normas del Fondo Solidario de Crédito Universitario; ni las deudas contraídas con bancos o instituciones financieras de conformidad a la ley que creó el Sistema de Créditos para Estudios Superiores (deudas CAE); o en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento a la Producción; ni cualquier deuda contraída con la finalidad de recibir para sí o para terceros un servicio educacional en cualquiera de sus niveles.