Presidente de la República debe informar sobre las medidas adoptadas en virtud de las facultades extraordinarias que se le conceden para garantizar el consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia
Con la aprobación unánime del Senado, el proyecto que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, quedó en condiciones de ser remitido al Ejecutivo.
La Sala aprobó el informe de la Comisión Mixta que se constituyó para resolver las divergencias que se generaron entre las dos ramas del Congreso, el proyecto contiene disposiciones para reforzar las atribuciones del Mandatario en ese sentido y el deber de éste para comunicar detalladamente al Congreso Nacional las medidas especialmente adoptadas en virtud de las facultades extraordinarias que se le conceden.
El texto legal dispone además que durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, a causa de la pandemia por Covid 19, actualmente vigente, la información deberá ser entregada al Congreso Nacional en un plazo de 15 días desde la publicación de la ley.