La idea es responder a las necesidades particulares de este segmento de la población, el que hoy se cuantifica en 430 mil personas
En condiciones de ser visto por la Sala está el proyecto en segundo trámite, que modifica la ley que creó el Servicio Nacional del Adulto Mayor para establecer el concepto de cuarta edad.
Esto luego que los integrantes de la Comisión Especial del Adulto Mayor aprobaran en general y particular la propuesta luego de escuchar al presidente de la Sociedad de Geriatría y Gerontología, el doctor Juan Carlos Molina.
El presidente de la Comisión, el senador David Sandoval destacó el respaldo unánime que se dio a la propuesta, expresando que “hoy se entiende por adulto mayor a las personas que tienen 60 años o más, pero queda en evidencia que no es lo mismo alguien con 65 años que otro con 81 años. La capacidad física y cognitiva es distinta. Los geriatras lo dicen”, agregando que “Hoy las personas que tienen más de 80 años son 430 mil, la mayor parte de los cuales corresponde a mujeres (unas 270 mil). A ese segmento queremos denominarlos cuarta edad. Queremos que existan políticas públicas especiales para ellos pensando en sus necesidades particulares. Hoy se les invisibiliza. Los 80 años involucra un cambio fundamental en el desarrollo de la vida”,
El legislador recordó que existen en el Congreso Nacional cerca de 19 iniciativas relacionadas, las que deberían terminar tramitándose en esta instancia especial.
Proyecto
La iniciativa iniciada en moción, introduce en la ley 19.828 que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor un concepto de cuarta edad, como elemento diferenciador en cuanto a las políticas de protección y promoción de los derechos de esta categoría de adultos mayores que sobrepasan los 80 años de edad y cuyas necesidades varían, de aquellas personas menores y que en esa lógica son plenamente activas en la vida nacional.
El texto reconoce que “es posible observar que dentro de la tercera edad, se distingue un porcentaje que representa casi el 15% de la población, específicamente las personas mayores de 80 años, por lo que merecen un tratamiento distinto dentro de nuestra legislación. Si bien nos encontramos frente a un término que se encuentra siendo incorporado en diversas publicaciones al referirse a la tercera edad, es determinante para que las políticas públicas hagan una diferenciación en las normas que benefician a las personas mayores de nuestro país”.
Continúa señalando que “en la actualidad los adultos mayores de nuestro país, son cada vez más activos, obligando a los diversos organismos a elaborar políticas que permitan un mejor desarrollo de sus capacidades, por lo que es necesario que se establezcan normas específicas para este grupo etario de la población”.