Por: Fredy León Donoso. Presidente del Capítulo Regional O’Higgins de la Fundación Chile Descentralizado
Según las modificaciones realizadas a la Constitución Política de la República de Chile, que permitieron la inédita elección de los Gobernadores y Gobernadoras Regionales en el país, se indica que la figura del Delegado Presidencial Regional ejercerá el rol de Delegado Presidencial Provincial en la provincia donde esté la capital regional, por lo tanto, el espacio físico natural donde deben ejercer este rol en la región, es en las actuales Gobernaciones Provinciales de las ciudades Capitales del país.
El siguiente es el primer párrafo del Artículo 116.- de la Constitución vigente: “En cada provincia existirá una delegación presidencial provincial, que será un órgano territorialmente desconcentrado del delegado presidencial regional, y estará a cargo de un delegado presidencial provincial, quien será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República. En la provincia asiento de la capital regional, el delegado presidencial regional ejercerá las funciones y atribuciones del delegado presidencial provincial”.
Por otro lado, en la Ley 21.073 que regula la elección de Gobernadores Regionales y realiza adecuaciones a diversos Cuerpos Legales, establece que el Gobernador Regional será el órgano ejecutivo del Gobierno Regional, ejerciendo sus funciones conforme a la Constitución Política de la República, además de presidir el Consejo Regional, con derecho a voto y derecho a voto dirimente.
Bien se indica en el Artículo 23.- de esta ley: “El gobernador regional será el órgano ejecutivo del gobierno regional, correspondiéndole además presidir el consejo regional. Ejercerá sus funciones con arreglo a la Constitución Política de la República.
El gobernador regional será elegido por sufragio universal en votación directa, en cédula separada y conjuntamente con la elección de consejeros regionales, conforme a las normas establecidas en el capítulo VI del título segundo”.
Dos puntos relevantes que se agregan en esta ley son: el Gobernador Regional es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, y de esta forma pasa a ser el jefe superior del servicio. El actual edificio del Gobierno Regional, o Intendencia, es el edificio donde históricamente, desde la creación de los Gobiernos Regionales en Chile, se ha ejercido el rol de este jefe superior de servicio, que antes radicaba en el doble rol que ejercían los Intendentes, pero que ahora lo ejercerá el Gobernador Regional. Lo cívicamente aceptable es que el rol de Jefe Superior del Gobierno Regional se ejerza desde este edificio, donde además la propia ciudadanía reconoce como ícono del poder administrativo y político en la región.
Además, lo que es de pelo grullo, el cargo de Gobernador Regional se ejercerá por 4 años con toda seguridad (con posibilidad de una reelección por 4 años más) dado que cuenta con la legitimidad de la elección por sufragio universal, cosa que no ocurre con la figura del Delegado Presidencial que seguirá siendo una figura designada por el poder central, mientras tenga la confianza del Presidente de la República.
Esta situación es conocida por las actuales autoridades regionales, también por las autoridades nacionales, sin embargo, en varias regiones del país se han enfocado a poner dificultades a este proceso de instalación de las legítimas nuevas autoridades regionales. Esto no solo ocurre en nuestra región de O’Higgins.
Lo anterior plantea una coincidencia con lo recientemente ocurrido con la instalación de la convención constitucional, donde el ejecutivo demostró ineptitud al ejercer su responsabilidad para otorgar las condiciones adecuadas para el correcto funcionamiento del órgano constituyente, legítimamente electo por la ciudadanía.
En ambos casos están presentes las siguientes condiciones: órganos legítimamente electos por la ciudadanía que ejercerán roles inéditos en nuestra historia democrática.
En ambos casos el gobierno central ha demostrado su poca voluntad de cambio, para transitar a la construcción de una mejor región y un mejor país, y en el caso de lo ocurrido en nuestra región, demuestra su desprecio con la voluntad popular cuando se esfuerza en poner obstáculos y realiza el cambio de nombre del edificio de la Intendencia Regional a Delegación Presidencial, siendo esto una jugada de muy mala clase.
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