Por: Sergio Sánchez. Médico, fundador de la ONG Latinoamérica Reforma
A raíz de la reciente polémica sobre el cannabis para uso medicinal, quienes arguyen sobre la supuesta falta de evidencia científica y la peligrosidad de la sustancia, olvidan que Chile es conocido en toda América Latina como un lugar ideal para la investigación médica y farmacéutica, por lo que hoy, el país tiene más estudios clínicos con productos cannábicos que el promedio en el continente.
Poner una venda ante la realidad, la que hoy levanta al país como el centro regional de investigación y desarrollo de evidencias clinicas muy importantes, es no reconocer el problema en cuestión aun cuando el mismo colegio médico ha abogado por obtener mayores niveles de evidencia para su uso eficaz y seguro.
Un buen proyecto de ley no debería mediar el consumo a través de una receta médica, sino, distinguir que existen dos mercados muy diferentes de cannabis sativa, uno medicinal y otro para uso adulto diverso que incluye lo recreacional, lo espiritual, lo exploratorio, etc.
Actualmente, lidero en Chile, un ensayo clínico centrado en el manejo del dolor. Este, se aprobó tanto en la Fase I como en la Fase II y, existe una gran cantidad de evidencia clínica acerca los beneficios de cannabis medicinal, conducidos por centros de salud y universidades en todo el mundo.
Para regular el mercado medicinal, estamos de acuerdo en que debemos obtener preparados medicinales estandarizados, que hayan sido sometidos a estudios de seguridad y eficacia y que aprueben todos los requisitos de la autoridad sanitaria para el consumo de fármacos en la población. La situación ideal es prescribir preparados de cultivos controlados y bajo normas de manufactura de medicamentos.
Así las cosas, creemos que ha llegado el momento que la ley regule el uso adulto. Ese es el verdadero desafío para quienes deseen consumir cannabis sativa. No tienen que medicalizar el uso que hacen de la planta las personas adultas: tendríamos las consultas médicas con más personas en busca de recetas, cuestión conocida en California y Colorado previo a la regulación del mercado de la cannabis.
Finalmente, nos parece que la ley 20.000 ya cuenta con suficientes espacios para autorizar el uso medicinal en su artículo 50, inciso final: “Se entenderá justificado el uso, consumo, porte o tenencia de alguna de dichas sustancias para la atención de un tratamiento médico.” El problema es que las policías no parecen respetar del todo la prerrogativa de las personas a cultivar en función de un tratamiento médico o para fines recreacionales.
El contenido expresado en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no representa necesariamente la visión ni línea editorial de Poder y Liderazgo.