Por: Manuel Baquedano M. Sociólogo de la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica). Fundador del Instituto de Ecología Política
A raíz de la situación climática que está viviendo nuestro país, con lluvias e inundaciones nunca vistas en el norte y aumento récord de la temperatura en el sur con su derivada propagación de incendios, nuestro presidente de la República y jefe de Estado, Sebastián Piñera, reconoció a nivel oficial lo que muchos chilenos ya sabían: “El cambio climático llegó para quedarse”.
Los científicos de 197 países agrupados en torno al IPCC fueron extremadamente claros en su último informe en octubre del año pasado: al mundo le quedan tan sólo 12 años para poder controlar el clima. Después de esa fecha, el planeta atravesará un punto de no retorno y la humanidad no podrá incidir en el cambio climático, es decir, pasamos a depender totalmente de él.
Entonces, para el 2030, como país tenemos que haber implementado todas las políticas que nos permitan atravesar de la mejor forma posible el mayor desafío que jamás haya tenido que enfrentar la humanidad. Chile es responsable de tan sólo el 0,3 por ciento de la contaminación del mundo pero es uno de los países más vulnerables del planeta ya que tenemos siete de las nueve características de vulnerabilidad señalas por la Convención Marco de la Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
¿Qué puede hacer una Ley de Cambio Climático en Chile ante un problema de escala global? Básicamente prepararnos para vivir una de las etapas más oscuras que nos tocará afrontar.
Estaba programado por el Ministerio del Medio Ambiente comenzar el proceso de debate público el segundo semestre del 2019. Sin embargo, creemos que el debate debería adelantarse para el próximo mes de marzo. Además, por ser un problema que se manifiesta en todo el territorio, la discusión tendría que atravesar a toda la sociedad: comenzar en las comunas a través de las juntas de vecinos, agrupaciones territoriales, vecinales y gremiales, para después extenderse a la región y al plano nacional.
Antes de comenzar a considerar medidas específicas es necesario que la ciudadanía conozca y discuta los distintos escenarios que pueden desarrollarse en un futuro inmediato. No basta con debatir el rol de Chile en el escenario oficial del Acuerdo de París porque, muy probablemente, este escenario no se cumpla mientras sea de carácter voluntario. Debemos discutir qué haremos como comunidad en el caso de que el Acuerdo no prospere para asegurar la vida de las personas, de otros seres vivos y de los recursos naturales del país.
En el mundo tan sólo cien corporaciones son responsable del 71 por ciento de los gases de efectos invernaderos (GEI) y en Chile, casi la misma proporción, corresponde a la industria de la energía, principalmente la que sustenta a la minería. La descarbonización del sector energético es una de las medidas más importantes que la Ley de Cambio Climático deberá considerar de forma obligatoria y este proceso de descarbonización tendrá que estar terminado para el 2030.
Además, una ley de este tipo deberá considerar el uso y la propiedad del agua, un recurso que se tornará cada vez más escaso. También deberá contemplar la pérdida de la biodiversidad y otras las medidas que nos permitan ejercer el derecho constitucional a vivir libre de contaminación.
Asimismo, deberán discutirse los cambios en la Constitución para afrontar un problema mayor como es el calentamiento global. Es necesario considerar la creación de una nueva figura constitucional -podría ser la de Emergencia Climática- para enfrentar fenómenos que exijan esfuerzos más prolongados de intervención. Actualmente, la figura de zona desastre se adaptada a situaciones excepcionales y puntuales como los desastres repentinos y, a nuestro juicio, no sirve para hacer frente al calentamiento climático en general.
Como somos una comunidad nucleada en torno a un país, enfrentar el cambio climático deberá ser una tarea de todos sin distinción ideológica, política o religiosa. Lo que está en juego es nuestra supervivencia y la de las generaciones futuras. Así como el derecho a la rebelión contra tiranos y opresores está consagrado en la Constitución de varios países como Francia y Estados Unidos y se encuentra en el preámbulo de la Declaración de los Derechos del Hombre, rebelarse contra la extinción de la especie humana deberá consagrarse también como un derecho humano universal en caso de que futuros gobiernos nos conduzcan a un ecocidio.
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