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[Opinión] Vivir en comunidad, ¿Una anarquía donde sobrevive el más fuerte?

Por: Nicolás Moreno D. Ing Civil Industrial MBA UC. Gerente General Hapital


Para el 2016 una noticia estremeció todo Chile, un conflicto en la comuna de Maipú que terminó con un vecino atacando con un arma blanca a su vecina, cercenándole una de sus manos. Hoy pasado 4 años, este hecho no escapa de la realidad, según lo establecido en el Boletín Institucional de La Fiscalía Ministerio Público de Chile, durante el primer trimestre de 2020 se ingresaron 360.284 delitos de distintas índoles.

Partiendo de esta cruda realidad surgen dos grandes interrogantes: ¿Cómo abordar la violencia vecinal? y ¿Quiénes son los encargados de establecer y velar por el cumplimiento de los estándares de ingreso vecinal a las comunidades y edificios?

En primera instancia, la administración, ya que según lo establecido en el Artículo 23 de la Ley de Copropiedad 19.537 son los responsables de velar por la seguridad de todos los copropietarios. Es por ello, que dentro de la gestión administrativa se debe contemplar:

  1. Filtrar la entrada de las personas que llegarán a vivir en comunidad en pro de saber si no tienen problemas legales o historial que impacte en su comportamiento y por ende, en el de la comunidad.
  1. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Interno.
  1. No tranzar comportamiento que atente contra la moral y el buen vivir.
  1. Generar planes de emergencia antes circunstancias de alto impacto como violencia o agresiones.
  1. Seleccionar al personal que se encuentre saludablemente apto para los cargos.
  1. Generar los contextos culturales que permita un cambio de conciencia en cada miembro de la comunidad.
  1. Proporcionar vínculos de coacción con Carabineros y la Municipalidad que permita acciones inmediatas ante hechos violentos.
  1. Velar por el cumplimiento de los enrolamientos, según las dimensiones de la vivienda.
  1. Aplicación de Multas.
  1. Expulsión de aquellos residentes que contaminan el ecosistema comunitario.

 

Una vez establecido los parámetros de seguridad vecinal por parte de la administración, es hora de determinar el segundo responsable del cumplimiento de los estándares de ingreso de personas, ellos son los corredores de propiedades quien deben:

  1. Familiarizarse con el edificio, así como sus reglamentos.
  1. Articula sus contratos de forma sólida, conllevando al residente a un fiel cumplimiento de las normas.
  1. Verifica la solvencia económica para determinar si puede cumplir con el arriendo y naturalmente con los gastos comunes.
  1. Es fundamental, que este sea meticuloso con la cantidad de personas que habitarán en el inmueble, pues, generalmente está permitido un máximo 4 personas en los departamentos promedio de 40m2 y en la mayoría de los casos aparece el doble de personas quienes estarán en el mismo departamento.
  1. En el caso de arriendos, debe poseer un contrato con el dueño del inmueble donde vincule al corredor con el residente, durante la estadía de este allí, en pro de que forme parte del engranaje de custodia de la integridad y el buen vivir.
  1. Hacer eco de los llamados de atención y multas establecidas por la administración en sus residentes.

 

Una vez estandarizado, tanto el ingreso de nuevos residentes como el comportamiento de aquellos que cohabitan en comunidad, se detiene el síndrome de la puerta giratoria, donde  a pesar de los esfuerzo que se apliquen, bien sea de un lado o del otro, si no trabajan de forma mancomunada, seguirá este círculo vicioso donde los protagonistas serán la violencia y la anarquía como en el caso mencionado al comienzo de esta columna, donde hay libertad de acción para aquellos que sólo les interesa vulnerar las leyes y vivir en una sociedad, donde prevalece el más fuerte.


El contenido expresado en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor y no representa necesariamente la visión ni línea editorial de Poder y Liderazgo.

 

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