Organismo estatal cuenta con 10 días para dar cumplimiento, de lo contrario Consejo para la Transparencia podría iniciar otras acciones legales
El Consejo para la Transparencia (CPLT) acogió una solicitud de información a la Subsecretaría de Justicia, que contempla la entrega de memorias explicativas, balances y documentos asociados a actos de fiscalización a corporaciones y asociaciones municipales presentados ante dicho organismo.
La entidad reclamada había denegado el acceso a antecedentes correspondientes a los años 2019, 2020 y 2021. Lo anterior, argumentando la causal de distracción indebida de sus funcionarios, dado que ello implicaría la tarea de “revisar los antecedentes de cada una de estas organizaciones para determinar si efectivamente corresponden a corporaciones municipales, idéntica labor que la corresponderá a las Secretarías Regionales Ministeriales, las que igualmente deberán designar un funcionario con dedicación exclusiva para la búsqueda, desarchivo y digitalización; labor que puede tardar tres semanas”.
En el contexto del amparo, la persona que presentó el reclamo aludió a la necesidad de aclarar las formas de verificación del cumplimiento de la ley por parte de las asociaciones y corporaciones municipales. En el caso del Consejo para la Transparencia, en la decisión del amparo (rol C7912-21) estableció que: “contar con dichos antecedentes debidamente sistematizados constituye una herramienta eficaz que permite el debido control social”.
La presente decisión debe cumplirse en el plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha en que las partes fueron notificadas -lo que ocurrió a principios de febrero-. Sin perjuicio de lo anterior, existe la posibilidad de que el organismo establezca otras acciones judiciales.