El Distrito 3 tendrá 5 escaños para constituyentes, donde uno de ellos está reservado para representantes de los pueblos originarios
Un total de 22 candidatos figurarán en la papeleta a constituyente del Distrito 3 por los Pueblos Originarios, 2 de ellos Chango, 4 Quechua y 16 de la etnia Lican Antay o Atacameña, quienes debieron acreditar su pertenencia al pueblo indígena por el que competirán mediante un certificado de calidad indígena entregado por Conadi y sólo en el caso del pueblo chango se requirió una declaración jurada ante este mismo organismo.
De esta forma, los 41 mil electores de la Región de Antofagasta (Distrito 3), podrán hacer uso de esta papeleta, de acuerdo a la nómina de personas que están incluidas en el Registro Nacional de Calidades Indígenas y tras expirar el pasado 25 de febrero el trámite para la autoidentificación indígena de quienes no tenían acreditada dicha calidad y querían tener la opción de votar por los candidatos de su pueblo en las elecciones de Convencionales Constituyentes del 11 de abril.
Candidatos
De acuerdo a la información oficial del Servel, por el pueblo indígena Quechua, inscribieron su candidatura Pamela Oliden Vega, Alexis Vicentelo Vicentelo, Evelyn Martínez Bautista y Rodolfo Valdivia Véliz.
Mientras que por el pueblos indígenas Lican Antay o Atacameño el listado de 16 nombres estará integrado por René Panire Panire, Laura Panire Bugueño, Rolando Humire Coca, Sara Berna Mollo, Lila Colamar Terán, Wilson Segovia Bartolo, Alejandrina Ayavire Ayavire, David Moreno Alvarez, Cristian Varela Liendro, Melissa Espíndola Araya.
Además de Ximena Anza Colamar, Felix Galleguillos Aymani, Pablo Madariaga Soto, Aida Cruz Varas, Oriana Mora Rodríguez y Manuel Escalante Pistán, cierran el listado del pueblo indígena Lican Antay o Atacameño. Además por el pueblo chango, asoman Horacio Cortés Molina y Lorena Cornejo Alfaro.
Es importante consignar que el Distrito 3 tendrá 5 escaños para constituyentes, donde uno de ellos está reservado para pueblos originarios.
Por otro lado, quienes aparezcan en el registro especial deberán escoger entre votar por el pueblo originario al que pertenecen o por la elección del resto de los convencionales de su distrito. Es decir, podrán acceder libremente sólo a una papeleta.