Texto permite que el 20% de los funcionarios de un servicio puedan trabajar dos días a la semana fuera de las dependencias del servicio
Por 26 votos a favor y uno en contra, la sala del Senado aprobó el proyecto que prorroga por 2024 el teletrabajo en los servicios públicos. La iniciativa era parte de los compromisos adquiridos con los gremios del Sector Público, luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados rechazara incluirlo en la ley de reajuste salarial.
La iniciativa fue visada en general y particular por unanimidad de los miembros de las comisiones de Hacienda y Trabajo y Previsión Social unidas. Ahora, tras la votación de la sala del Senado el articulado pasará a segundo trámite legislativo en la Cámara Baja.
En concreto, el texto extiende por 2024 el artículo 66 de la ley n°21.526, que faculta a las jefas y los jefes superiores de servicio de las subsecretarías y de los servicios públicos dependientes de los ministerios o que se relacionen con el Presidente de la República a través de ellos, para eximir del control horario de jornada de trabajo hasta el 20% de la dotación máxima del personal del respectivo Servicio, cualquiera sea su régimen laboral. Estas personas podrán realizar sus labores fuera de las dependencias institucionales, mediante la utilización de medios informáticos dispuestos por el Servicio.
“La facultad del jefe de servicio debe considerar el número máximo de funcionarios y funcionarios que pueden acceder a teletrabajo. El acceso del personal a teletrabajo es voluntario, eso también es importante de recalcar. Segundo, las áreas y funciones de la institución tienen que poder ser teletrabajables. En este sentido, hay una distinción importante con el sector privado pues en el Estado hay mucha atención a público, entonces hay una serie de funciones que no son teletrabajables. De ahí la necesidad de que se tenga que evaluar en su propio mérito”, explicó la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, durante su exposición en la Sala del Senado.
Esta facultad no podrá exceder del 20% de la dotación máxima de personal del servicio y a quienes se aplique este artículo deberán por otro lado, realizar presencialmente labores en las dependencias institucionales, al menos, tres jornadas diarias dentro de la jornada semanal.
“Cabe recordar que, antes de tener una ley permanente que regule el trabajo remoto en el sector público, el proyecto de ley de teletrabajo en el sector público se basará en los resultados de la evaluación de la implementación del piloto de teletrabajo que hoy se desarrolla en 40 servicios públicos, de acuerdo al artículo 67 de la ley N 21.526”, precisó la directora de Presupuestos, Javiera Martínez Fariña, en la presentación del proyecto.
Esta norma se complementa con el artículo 102 de la Ley N°21.647, que establece que en la modalidad de teletrabajo los jefes de servicio considerarán como criterios de selección los principios de eficiencia, eficacia y oportunidad del Sector Público, y la contribución para mejorar la calidad de la vida laboral, familiar y personal de los funcionarios, en particular, en lo relativo al cuidado de niños y niñas menores de 14 años de edad, o de una persona con dependencia severa.
En esa línea, la subsecretaria General de la Presidencia, Macarena Lobos, indicó que espera un pronto despacho a ley “para garantizar que aquellas trabajadoras, que son básicamente mujeres que tienen al cuidado niños, niñas o personas con dependencia, efectivamente puedan acceder a esta modalidad de trabajo híbrido; y seguir trabajando para llegar con una propuesta integral más allá de los 40 servicios que hoy día tienen teletrabajo, después de los diagnósticos que se hagan”.