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Corte de Apelaciones de Valdivia, con competencia en la región de Los Ríos y la Provincia de Osorno de la Región de Los Lagos, estableció que “Que de la norma transcrita fluye la ilegalidad de la conducta omisiva atribuida a la recurrida, que teniendo un plazo de quince días para evacuar un informe, ha dejado pasar años sin dar cumplimiento a su obligación legal”.
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