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Por: Manuel Baquedano M. Presidente del Instituto de Ecología Política.
El texto plantea sanciones para quien interrumpa completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública; a quien lance a personas o vehículos que se encuentren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes; y para quienes roben o hurten con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió parcialmente la orden de no innovar a recurso interpuesto en contra de Carabineros de Chile y el Ministerio del Interior, dictaminando la prohibición del uso de armar letales y balines contra personas que protesten pacíficamente, limitando también el uso de gases lacrimógenos u otro método que atente contra la integridad física de las personas.
Parlamentaria por la región de Antofagasta manifestó que “esta es la mayor crisis de nuestra democracia desde los tiempos de la dictadura”.
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